El artículo 115° inciso “g” de la Ley de Educación Nacional N° 26.206 establece como función del PODER EJECUTIVO NACIONAL, a través del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, el otorgamiento de la validez nacional de los títulos y certificados de estudios.
A su vez, el Decreto PEN N° 115/10 estableció como responsabilidad primaria de la Dirección de Validez Nacional de Títulos y Estudios, dependiente de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, la gestión del otorgamiento de la Validez Nacional para los títulos y certificados correspondientes a las ofertas educativas existentes en el país, el registro de los estudios de todo el país que otorgan certificados con VN, y la asistencia técnica a las jurisdicciones en lo relativo a la VN de títulos y certificados.La Validez Nacional está constituida por dos dimensiones que permiten en conjunto colaborar con la construcción de una sociedad más JUSTA, INCLUSIVA y COHESIONADA.
Como atributo del título y certificado
El atributo le corresponde a los títulos y certificados, no a las carreras las ofertas educativas.Para que un título y un certificado tengan validez nacional, la máxima autoridad de la jurisdicción a la cual pertenece la institución educativa deberá tramitar ante la Dirección de Validez Nacional de Títulos y Estudios, la validez nacional de los títulos y certificados correspondientes a sus ofertas educativas.Es decir que para otorgar validez nacional a un título y/o certificado es necesario tener en cuenta tres aspectos fundamentales:
- La institución: que la institución emisora esté reconocida por la autoridad educativa de la jurisdicción donde se encuentra, para emitir títulos o certificados.
- El título: que los títulos y certificados estén enmarcados en la normativa federal vigente y cuyo diseño curricular y/o plan de estudios, haya sido aprobado por una norma jurisdiccional.
- La cohorte: que el año de inicio de estudios del alumno con un determinado plan de estudios esté comprendido en la normativa jurisdiccional y esté contemplado en la normativa de implementación del correspondiente plan de estudio jurisdiccional.
Como instrumento de política educativa nacional
La validez nacional tiene por finalidad unificar el Sistema Educativo Nacional y garantizar que todas las ofertas educativas de todos los niveles educativos cumplan con los requisitos mínimos indispensables de modo tal que la educación sea equitativa y de calidad en todo el territorio nacional y consolide una sociedad más justa.
Normativa de Validez Nacional
A la hora de leer la normativa sobre validez nacional es importante tener en cuenta el nivel educativo sobre el cual se consulta y al mismo tiempo recordar que las normas que aquí se consignan corresponden a estudios presenciales. Para una mejor organización hemos categorizado las normas de tal forma que sea más claro para el consultante. Ante cualquier inquietud al respecto, sugerimos comunicarse con las oficinas de Validez Nacional al (011) 4129-1000 int.7026 o vía mail a valideznacional@me.gov.ar
Educación Obligatoria: Niveles Inicial, Primario, Secundario y Superior (Educación Técnica Superior)
Normativa de Validez Nacional por excepción
- Cohorte 1972- 1995: Ley Nº 19988/72
- Cohorte 1996-2007: Decreto PEN N° 1276/96 y sus modificatorios:
Información referente a los Números de Validez Nacional y link de acceso a la normativa para la confección de títulos correspondientes a las Tecnicaturas de Nivel Superior para las siguientes cohortes:
- Cohorte 2008: El Decreto 144/08
- Cohorte 2009 y 2010: El Decreto 144/08 y la Resolución Ministerial N° 1019/09. Corresponde a todos los Títulos de aquellos que comenzaron a cursar en el año 2009 y 2010. No incluye los certificados de carreras de formación docente.
- Cohorte 2011: El Decreto 144/08 y la Resolución Ministerial N° 1120/10. Corresponde a todos los títulos de de aquellos alumnos que comenzaron a cursar en el año 2011. Tampoco incluye los certificados de carreras de formación docente.
- Cohorte 2012: la Resolución 2083/11. Corresponde a todos los títulos de aquellos alumnos que comenzaron a cursar en el año 2012. Tampoco incluye los certificados de carreras de formación docente.
- Cohorte 2013: Resolución 2372/12. Corresponde a todos los títulos de aquellos alumnos que comenzaron a cursar en el año 2013. Tampoco incluye los certificados de carreras de formación docente.
- Cohorte 2014: Resolución 2603/13. Corresponde a todos los títulos de aquellos alumnos que comenzaron a cursar en el año 2014. Tampoco incluye los certificados de carreras de formación docente.
A Partir de Cohorte 2015: Ver AQUI
Formación Docente
Normativa que otorga validez nacional
- Cohorte 1972- 1995: Ley Nº 19988/72
- Cohorte 1996-2007: Decreto PEN N° 1276/96 y sus modificatorios
Decreto PEN N° 3/00Decreto PEN N° 353/02 Decreto PEN N° 1394/03Decreto PEN N° 209/05
- Cohorte 2008: Decreto PEN N° 144/08
A partir de la Cohorte 2009: Ver AQUI
Normativa de equivalencias de títulos de Formación Docente
Normativa a cerca de las denominaciones de los estudios conducentes a títulos y/o certificados de Formación Docente
- Resolución CFE N° 74/08 – Anexo I
- Resolución CFE N° 83/09 – Anexo I – Anexo II
- Resolución CFE N° 183/12 – Anexo I
