INSTRUCTIVO PARA LA PERCEPCIÓN DE ASIGNACIONES FAMILIARES – LEY 5136

Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología

El Departamento de Liquidaciones, División Salario Familiar, es el encargado de garantizar la correcta percepción de asignaciones familiares conforme a la Ley 5136. Este órgano del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología juega un rol crucial en el otorgamiento de beneficios para el personal docente y administrativo de instituciones educativas.

Proceso de Percepción de Asignaciones

El proceso de percepción de asignaciones familiares conforme a la Ley 5136 requiere el cumplimiento de diversos requisitos y procedimientos que garantizan la transparencia en el otorgamiento de estos beneficios. Entre los aspectos fundamentales a considerar se encuentran:

Formulario a Cumplimentar

Se debe completar la «Declaración Jurada para la Percepción de Asignaciones Sociales» con datos completos, de ambos lados, sin enmiendas ni borrones. Este formulario debe ser refrendado por el director/a o supervisor/a en caso de ser el director/a. Es importante tener en cuenta que al firmar esta declaración, se está afirmando la veracidad y completitud de la información, estando sujeto/a a las consecuencias legales en caso de falseamiento de datos.

Vencimiento y Documentación

El vencimiento para la presentación de la documentación correspondiente es el 30 de abril. La no presentación completa de la documentación dará lugar al descuento de las asignaciones familiares percibidas, liquidándose nuevamente a partir de la recepción de la documentación faltante en el Dpto. de Liquidaciones.

Canalización de Reclamos

Todos los reclamos deben ser canalizados por el personal directivo de la unidad educativa. En caso de trámite personal, se puede realizar en el Centro de Atención al Docente, por teléfono, vía email o a través del sitio web oficial.

Plazos para Personal Ingresante y Docente Interino / Suplente

El personal ingresante tiene un plazo de 30 días a partir de la fecha de toma de posesión para presentar la documentación ante la unidad educativa. Por otro lado, el docente interino/suplente se liquida el salario familiar en enero y febrero si registra una prestación de servicio de más de 76 días hábiles trabajados.

Otros Aspectos Destacados

  • Para los profesores/as por hora cátedra, el porcentaje de asignaciones varía según la cantidad de horas trabajadas.
  • Se establece un sueldo tope a tener en cuenta para la liquidación de las asignaciones.
  • Se detallan los requisitos y documentación a presentar para diferentes códigos de asignaciones, como por cónyuge, hijos, discapacitados, escolaridad, familia numerosa, ayuda escolar, entre otros.

Este instructivo proporciona una visión general de los requerimientos y procedimientos asociados a la percepción de asignaciones familiares bajo la Ley 5136. Es fundamental seguir los lineamientos establecidos para garantizar el acceso justo y equitativo a estos beneficios.

Recuerde que la información proporcionada en este artículo se basa en la normativa vigente al momento de la redacción, por lo que es importante verificar cualquier actualización o modificación en las disposiciones legales correspondientes.

INSTRUCTIVO: aquí

Publicado por Benjamín Beltrán

Director Saltaeducs.com

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